Son un crédito de consumo que se instrumenta a través de las propias tarjetas. Se suelen utilizar para poder aplazar las compras que hagamos. El cliente elige cuánto quiere abonar periódicamente. una cuota fija, o bien un porcentaje de la cantidad adeudada.
Estás tarjetas aplican unos intereses muy altos, en torno a un 25% de la cantidad adeudada, aunque el porcentaje varía dependiendo de las cuotas acordadas.
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia con fecha 25 de noviembre de 2015, amparándose en la Ley del 23 de julio de 1908 (Represión de Usura), en la cual anuló una tarjeta revolving al considerar que el interés del 24,60%TAE era usura, al ser el doble del interés medio ordinario de las operaciones de consumo.
El 4 de marzo de 2020 el Tribunal Supremo ha vuelto a declarar usurarias las Tarjetas Revolving.
El cliente puede reclamar la nulidad del contrato y la devolución del exceso de intereses pagados.
Estas son algunas de las tarjetas declaradas nulas:
Tarjeta Visa Gold CAIXABANK
Tarjeta MBNA (Pra Iberia)
Tarjeta de Crédito Visa Citibank
Tarjeta de crédito «Visa Classic CAIXABANK PAYMENTS»
Tarjeta CETELEM Flexipago (BANCO CETELEM S.A.)
Tarjeta Wizink Bank S.A.
Tarjeta A Tu Ritmo BBVA
Tarjeta COFIDIS
Tarjeta de crédito Visa Barclaycard
Somos especialistas en este tipo de reclamaciones y uno de los despachos de España que más sentencias favorables ha obtenido hasta la fecha. No pedimos ningún tipo de pago anticipado y solo cobramos si usted gana.
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